Comisiones
COMISIONES DEL CONCEJO
Las Comisiones permanentes serán tres, constarán de tres miembros cada una Y serán nombrados anualmente, en la primera sesión Ordinaria, y se denominarán.
GOBIERNO, CULTURA Y ACCIÓN SOCIAL:
Corresponde a la Comisión de Gobierno, Cultura y Acción Social, interpretación de dictamen sobre todo asunto que pueda afectar principios constitucionales, de la ley Orgánica Municipal, ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones en vigor; proponer, observar y hacer observar todo lo relacionado con el desarrollo cultural; sobre jubilaciones y pensiones; sobre todo lo relativo a la celebración de contratos o permisos para explotación de servicios públicos y sobre toda cuestión que versare sobre puntos de derechos.
HACIENDA:
Corresponde a la Comisión de Hacienda dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a empréstito y condonación de deudas, creación, percepción, enajenación o aumento de impuestos; presupuestos, ventas o permutas de propiedades municipales y en todo asunto que se vincule con las rentas municipales y su inversión.
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS:
Corresponde a la Comisión de Obras y Servicios Públicos, dictaminar sobre asuntos que se relacionen con: ensanches, aperturas y nivelación de calles y caminos; pavimentaciones y repavimentaciones; cercos; veredas; tapiales; trazados; delineación y nivelación; plazas; parques; paseos espacios libres, edificaciones, urbanizaciones, catastro, cloacas, alcantarillas y desagües, alumbrados y tránsito en general con todo lo que se relacione con la seguridad y salud pública, con la moral y buenas costumbres.
El Concejo de acuerdo con lo que dispone el Artículo 40 inciso 68) de la ley Orgánica Municipal, podrá designar de su seno Comisiones Investigadores para que informen sobre el funcionamiento de la Administración Municipal o de cualquiera de sus dependencias. Estas Comisiones, a fin de que los empleados y jefes de las oficinas en las cuales se realizan la investigación sean puestos a sus órdenes, deberán dirigirse al Intendente.